802 consultas | Actualizada Jun 20, 2023
Al denegarse una solicitud de acreditación, la persona solicitante puede reclamar si considera que el resultado no está convenientemente justificado por parte de la comisión ante el Consejo de Universidades en el plazo máximo de un mes después de la notificación.
En caso de evaluación negativa, haya o no reclamación posterior, no podrá volver a realizar una nueva solicitud hasta pasados 18 meses desde la fecha de entrada en ANECA de su primera solicitud en el caso de ACADEMIA, y de 6 meses a partir de la resolución en el caso de PEP.
El SACU ofrece un servicio de asesoramiento y asistencia técnica jurídica para asesorar en cuestiones de Acreditación y Sexenios, entre ellas el procedimiento de reclamación.